Qué barbaridad. Sobrecoge la imagen. No tanto como el negocio pretendido, claro. Me surge una duda sobre si en nuestro ordenamiento habría tenido los derechos que se le suponen a toda persona.
Art.30CC:"Para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno".
¿Qué quiere decir nuestro cuerpo jurídico-privado decimonónico con figura humana?
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